*Estas coberturas tienen un período de aplazamiento de 60 días naturales a partir del inicio de vigencia y no es reinstalable en el año de vigencia en que ocurra el evento. Los establecimientos de espectáculos musicales y las actividades recreativas musicales a partir de 1.000 personas de espaciosidad competente y https://kennethl653viu7.bligblogging.com/profile