G. Considerando que el reconocimiento mutuo implica el reconocimiento directo de las resoluciones judiciales de otros Estados miembros, siendo el no reconocimiento la excepción, e implica asimismo que una resolución judicial no debe ser desatendida por el mero hecho de haberse dictado en otro Estado miembro; que la aplicación https://pasessinextradicinconarge92579.fare-blog.com/28525250/helping-the-others-realize-the-advantages-of-orden-de-detencion-europea-y-entrega-asistencia-legal